From 5e0df460e280a6d8c013dd12bf8c45690c51cf1b Mon Sep 17 00:00:00 2001 From: "github-actions[bot]" <41898282+github-actions[bot]@users.noreply.github.com> Date: Sun, 3 Nov 2024 07:43:26 +0000 Subject: [PATCH] Deploy to GitHub pages --- index.html | 38 ++++++++++++++++++++++++++++++++------ 1 file changed, 32 insertions(+), 6 deletions(-) diff --git a/index.html b/index.html index d83a4f4..3c1488c 100644 --- a/index.html +++ b/index.html @@ -924,6 +924,7 @@

CONSTITUCION
  • Artículos Transitorios de Decretos de Reforma (258)

  • Artículos Transitorios de Decretos de Reforma (259)

  • Artículos Transitorios de Decretos de Reforma (260)

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  • Artículos Transitorios de Decretos de Reforma (261)

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    Capítulo I: en los términos de los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de esta Constitución, respectivamente; así como las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión. La comunicación -vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para el -desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta -Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la -seguridad y la soberanía de la Nación, y al otorgar concesiones o -permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de -comunicación de acuerdo con las leyes de la materia.

    +vía satélite y los ferrocarriles, tanto para transporte de pasajeros +como de carga, son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los +términos del artículo 25 de esta Constitución; el Estado al ejercer en +ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación, y +al otorgar asignaciones, concesiones o permisos mantendrá o establecerá +el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las +leyes de la materia.

    +

    El Estado Mexicano retoma el derecho de utilizar las vías ferroviarias +para prestar el servicio de transporte de pasajeros. Para ello, el +Ejecutivo Federal podrá otorgar asignaciones a empresas públicas o +concesiones a particulares.

    El Estado contará con los organismos y empresas que requiera para el eficaz manejo de las áreas estratégicas a su cargo y en las actividades de carácter prioritario donde de acuerdo con las leyes, participe por si @@ -17439,6 +17445,26 @@

    Artículos Mexicanos y los tratados internacionales en la materia de los que el Estado Mexicano sea parte, así como las consideraciones del dictamen.

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    Artículos Transitorios de Decretos de Reforma (261)

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    DECRETO por el que se reforma el párrafo cuarto y se adiciona un párrafo +quinto al artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos +Mexicanos, en materia de vías y transporte ferroviario.

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    Primero

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    El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación +en el Diario Oficial de la Federación.

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    Segundo

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    El Congreso de la Unión tendrá un plazo de ciento ochenta días naturales +a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para realizar las +adecuaciones que resulten necesarias a las leyes secundarias +correspondientes, en los términos de este.

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    Tercero

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    Los particulares que cuenten con concesiones para prestar el servicio de +transporte ferroviario de carga podrán obtener concesiones para prestar +el servicio de transporte ferroviario de pasajeros. En cualquier caso, +se dará preferencia al servicio de transporte ferroviario de pasajeros, +en términos de lo que determine la legislación.

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